Abogada para Medidas de apoyo para el ejercicio de derechos
La Ley 8/2021 establece un nuevo paradigma para el ejercicio de derechos de las personas con discapacidad. Todos los derechos se mantienen ahora dentro de la esfera personal y todas las personas con discapacidad somos titulares de derechos por Ley.

La sociedad se construye por las personas, pero en su diseño se olvidan muchas veces las necesidades del 10% de la población con #Discapacidad.
La entrada en vigor de la reforma el pasado 3 de septiembre de 2021, deja, como todo cambio normativo de inusitado calado, algunas cuestiones aplicativas por atender. Y, más que ello, por comprender e interiorizar.
¿Qué ocurre con las sentencias pronunciadas con anterioridad a la reforma?
¿Cómo funcionará el nuevo modelo de medidas de apoyo?
La reforma es clara al respecto. El régimen transitorio establece un automatismo para con las sentencias de incapacitación. Así pues, la tutela pasa a configurarse como curatela de representación, mientras que la curatela hace lo propio y funcionará en términos de curatela de asistencia. Distinto es el caso de la prórroga y rehabilitación de la patria potestad, que, por su naturaleza legal no asimilable a la incapacitación judicial, ha de ser revisada y adaptada a la normativa actual.
Como mujer con discapacidad y abogada experta en Derecho de la Discapacidad analizo crítica, empática y casuísticamente la situación para aplicar la norma a los intereses individuales de cada persona con discapacidad.
Como abogada civilista, puedo ayudarte
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