Abogada Derecho de Sucesiones
El Derecho de Sucesiones es aquel que regula las transmisiones hereditarias de bienes, derechos y obligaciones. Con carácter general, resulta aconsejable realizar testamento.

Especialmente es imprescindible generar documento notarial de últimas voluntades cuando se desea repartir bienes en el propio testamento o entregar parte de la herencia a personas herederas no forzosas. Esto es, a personas ajenas al círculo familiar o a personas que, si bien forman parte de la familia, no son descendientes, ascendientes o cónyuges.
Por su parte, las personas herederas podrán solicitar servicios jurídicos para la aceptación y partición hereditaria, el pago de impuestos o la negociación en procedimientos sucesorios, tratando, en todo caso, de simplificar el proceso legal en este momento de duelo personal.

Un #testamento asesorado por la #abogada Ángeles Blanco ajustará las preferencias personales a la situación individual y familiar. Para ello, los servicios jurídicos parten de la escucha activa y de la explicación comprensible de la Ley. Su finalidad es realizar un balance armonioso entre la Norma y la situación personal; y su último propósito es aportar tranquilidad a la persona testadora. #Derecho #Sucesiones
También es sumamente conveniente elaborar testamento cuando exista alguna situación de potencial vulnerabilidad social. Este es el caso, por ejemplo, de relaciones sexo-afectivas LGTBI o de concurrencia de personas herederas con discapacidad.
Derecho de sucesiones: Situaciones de vulnerabilidad social
Específicamente, en personas LGTBI el objetivo del testamento es asegurar que los bienes personales alcancen a la familia elegida. Para ello:
- En matrimonio y filiación el testamento se articulará atendiendo o modificando la inscripción registral.
- En amistad se aplicará la fórmula jurídica más acertada a la consecución de la voluntad personal.
Por su parte, en personas con discapacidad sujetas a medidas de apoyo al ejercicio de derechos, el objetivo del testamento es garantizar la protección personal y patrimonial de la mujer o el hombre con discapacidad. A tal fin:
- La cláusula testamentaria determinará quién y cómo continuará ejerciendo el apoyo de la persona con discapacidad.
- Y en términos de protección patrimonial se ofrecerá la mejor solución jurídica para simplificar el proceso de aceptación y partición de herencia, evitando posibles conflictos de interés cuando la persona curadora de representación es hermana o hermano y, por tanto, heredera o heredero junto a la persona con discapacidad.