Abogada Derecho de Sucesiones
l Derecho de Sucesiones es aquel que regula las transmisiones hereditarias de bienes, derechos y obligaciones. Con carácter general, resulta aconsejable realizar testamento.
Especialmente es imprescindible generar documento notarial de últimas voluntades cuando se desea repartir bienes en el propio testamento o entregar parte de la herencia a personas herederas no forzosas. Esto es, a personas ajenas al círculo familiar o a personas que, si bien forman parte de la familia, no son descendientes, ascendientes o cónyuges.
Por su parte, las personas herederas podrán solicitar servicios jurídicos para la aceptación y partición hereditaria, el pago de impuestos o la negociación en procedimientos sucesorios, tratando, en todo caso, de simplificar el proceso legal en este momento de duelo personal.
También es sumamente conveniente elaborar testamento cuando exista alguna situación de potencial vulnerabilidad social. Este es el caso, por ejemplo, de relaciones sexo-afectivas LGTBI o de concurrencia de personas herederas con discapacidad.
Ángeles Blanco Abogada
En el primer caso, el objetivo es asegurar que los bienes alcancen a la familia elegida, mientras que el segundo persigue proteger patrimonial y personalmente a la persona con discapacidad, evitando conflictos de interés en personas sujetas a medidas de apoyo para el ejercicio de derechos. En todo caso, la asesoría jurídica sobre materia sucesoria permite disponer legal y acertadamente la última voluntad personal y anticipar cuestiones socioeconómicas relativas a fiscalidad y/o a cláusulas de protección personal.
Derecho de sucesiones: Situaciones de vulnerabilidad social
Específicamente, en personas LGTBI el objetivo del testamento es asegurar que los bienes personales alcancen a la familia elegida. Para ello:
- En matrimonio y filiación el testamento se articulará atendiendo o modificando la inscripción registral.
- En amistad se aplicará la fórmula jurídica más acertada a la consecución de la voluntad personal.
Por su parte, en personas con discapacidad sujetas a medidas de apoyo al ejercicio de la capacidad jurídica, el objetivo del testamento es garantizar la protección personal y patrimonial de la mujer o el hombre con discapacidad. A tal fin:
- La cláusula testamentaria determinará quién y cómo continuará ejerciendo el apoyo de la persona con discapacidad.
- Y en términos de protección patrimonial se ofrecerá la mejor solución jurídica para simplificar el proceso de aceptación y partición de herencia, evitando posibles conflictos de interés cuando la persona curadora es hermana o hermano y, por tanto, heredera o heredero junto a la persona con discapacidad.
“Los testamentos han de ajustar las preferencias personales a la situación individual y familiar. Para ello, los servicios jurídicos parten de la escucha activa y de la explicación comprensible de la Ley. Su finalidad es realizar un balance armonioso entre la Norma y la situación personal; y su último propósito es aportar tranquilidad a la persona testadora”